Información
Con el objetivo de brindar un respaldo integral a nuestros asociados, se encuentran comprendidas las siguientes áreas de intervención:
- Defensa de Causa Penal: Exclusivamente para hechos ocurridos en acto de servicio.
- Sumarios Administrativos: Representación y asesoramiento en el marco de las faltas previstas en el Artículo 93, inciso 9 del reglamento vigente.
- Recursos por No Ascenso: Elaboración y fundamentación de recursos administrativos para el personal que no haya sido promovido.
- Reescalafonamientos: Gestión y reclamos para la correcta adecuación de jerarquías y escalafones.
- Divorcios: Asesoramiento y tramitación de procesos de disolución del vínculo matrimonial.
- Sucesiones.
- Asistencia por Razones de Género.
Como Contactarse con el Asesoramiento Jurídico
asistenciajuridica.c.of@gmail.com
CLAÚSULAS
CLAÚSULA 1:El Círculo de Oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense, a los cuatro días del mes de Enero del año dos mil veintiuno, conviene con el Dr. Jesser Gastón, quien se compromete a dar Asesoramiento Legal y Defensa en juicio a los socios de la Entidad, que le sean asignados por la Comisión Directiva.
CLAÚSULA 2:Se establece que el Asesoramiento será exclusivamente en el marco de causas penales vinculadas a hechos acaecidos en actos de servicio.
CLAÚSULA 3:RESERVADO
CLAÚSULA 4:RESERVADO
CLAÚSULA 5:Se establece que los gastos de IUS previsional y Bono Ley N° 8480 correrán por cuenta del Círculo de Oficiales.
CLAÚSULA 6:Se establece que los gastos de fotocopias, combustible o pasajes que se produzcan en el marco de la defensa correrán por cuenta del socio, debiendo el defensor notificar a la entidad cada vez que realice un cobro al socio, indicando el monto y concepto.
CLAÚSULA 7:Se establece como lugar de entrevistas y audiencias entre el defensor y el asociado a la Sede Central del Círculo de Oficiales o cualquier otro que acuerden entre la entidad, el socio y el defensor.
CLAÚSULA 8:El personal administrativo de la Sede Central coordinará y llevará la agenda del letrado, quien despachará en las oficinas de la Sede Central los días hábiles que acuerde con la Entidad.
CLAÚSULA 9:Se establece que, ante la solicitud de cobertura por parte del socio, las autoridades del Círculo Oficiales le asignarán el caso al defensor, quien entrevistará al requirente, debiendo realizar un informe de asesoramiento a la Comisión Directiva, a los efectos de que la misma resuelva si corresponde o no la cobertura.
CLAÚSULA 10:Por último se establece que el compromiso de la defensa será desde que el defensor tome la causa y culminará con la defensa en juicio, no pudiendo cobrársele al socio por ningún concepto que no se encuentre detallado en el presente.
En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, a los 2 días del mes de Enero del 2021.
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